CAP

El Certificado de Aptitud Profesional (CAP) complementa la formación de las tareas que se realizan en el sector transporte, profesinalizando a los conductores. Es obligatorio para los conductores que quieran trabajar en el sector del transporte de mercancías o viajeros.

El certificado de aptitud profesional (CAP) sirve para acreditar en todo el territorio de la Unión Europea que un conductor profesional ha superado la formación obligatoria exigida por la normativa: la cualificación inicial y la formación continua.

Los conductores profesionales de determinados vehículos destinados al transporte por carretera deben seguir una formación obligatoria específica consistente en una cualificación inicial (que debe obtenerse con independencia del permiso de conducción y que implica la superación de un examen) y en una formación continua dirigida a mantener actualizados los conocimientos inicialmente exigidos.

Es necesario estar en posesión del CAP para la conducción de vehículos que efectúen una actividad de transporte por carretera y pertenezcan a empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E

CAP - Certificado de Aptitud Profesional
CAP – Certificado de Aptitud Profesional

CAP – CURSO DE OBTENCIÓN

Curso Ordinario: 280 horas incluyendo 20 horas de prácticas.

Curso Acelerado: 140 horas incluyendo 10 horas prácticas.

El examen oficial consta de 100 preguntas tipo test, con 4 opciones de respuesta y 2 horas de duración. Las respuestas acertadas suman 1 punto, las incorrectas restan 0,50 y las respuestas no contestadas no puntúan. Se deberá obtener una puntuación mínima de 50 puntos.

El curso inicial es obligatorio para los conductores titulares del permiso:

D1-D con fecha posterior al 11 de Septiembre de 2008

C1- C con fecha posterior al 11 de Septiembre de 2009.

Todos los conductores con permisos D1, D, C1, C cuya principal ocupación sea el transporte de viajeros deberán realizar un curso de formación continua, que se realizará en función de la terminación del D.N.I o permiso de conducir.

Es obligatorio renovar el CAP cada 5 años.

CAP – FORMACIÓN CONTÍNUA (o renovación)

El curso consta de 35 horas, se puede impartir en periodos discontinuos, siempre que se realicen en el año natural.